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3 min de lectura · revisada el 15 de agosto de 2026

El plazo de un año para pedir asilo, y qué pasa si ya se te venció

La ley te da un año desde tu última llegada a Estados Unidos para presentar el I-589. Hay dos excepciones, y muchas personas que creen haber perdido el plazo todavía pueden presentar.

Es la regla que más casos deja afuera, y también la más malentendida.

La regla

La ley dice que tienes que presentar tu solicitud de asilo dentro del año posterior a tu última llegada a Estados Unidos. Está en la sección 208(a)(2)(B) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad.

Tres cosas que conviene tener claras:

  • El plazo corre desde tu última entrada, no desde la primera. Si entraste en 2019, saliste y volviste a entrar en 2024, el reloj arranca en 2024.
  • Cuenta la fecha en que presentas, no la fecha en que empiezas a preparar el formulario.
  • Un año significa un año: si llegaste el 3 de marzo, tu último día es el 3 de marzo del año siguiente.

Las dos excepciones

La misma ley, en la sección 208(a)(2)(D), permite presentar fuera de plazo si demuestras una de estas dos cosas.

Circunstancias cambiadas

Algo cambió —en tu país o en tu situación— y ese cambio afecta directamente por qué necesitas asilo. El reglamento (8 CFR § 208.4) da ejemplos:

  • La situación en tu país empeoró: un golpe, una guerra, una nueva persecución contra tu grupo.
  • Cambió tu situación personal: te convertiste a otra religión, saliste del clóset, empezaste a militar políticamente.
  • Se venció el estatus migratorio que tenías.
  • Se terminó una relación de la que dependía tu estatus.

Circunstancias extraordinarias

Algo te impidió presentar a tiempo, y no fue culpa tuya. El reglamento menciona, entre otras:

  • Una enfermedad o discapacidad seria, tuya o de alguien a tu cargo.
  • Ser menor de edad y no tener quién te ayudara.
  • Un problema legal serio, como haber estado detenido.
  • Que la persona que te estaba ayudando se comportara de forma inadecuada.

En los dos casos hay un requisito más: tienes que haber presentado dentro de un plazo razonable desde que la circunstancia apareció o desapareció. No sirve enterarte de que tu país entró en guerra y presentar tres años después.

Lo que la gente entiende mal

"Se me venció, entonces no puedo hacer nada." Falso. Las excepciones existen justamente para esto, y son más comunes de lo que parece. Vale la pena revisar si alguna aplica a tu caso.

"Como no tengo papeles, ni presento." El plazo no depende de tu estatus. Se puede pedir asilo con o sin autorización de entrada.

"Presento cualquier cosa ahora y después completo." Un formulario incompleto puede ser rechazado y devuelto, y para entonces el plazo puede haber pasado.

Una cosa más

Aunque se te haya vencido el plazo y no aplique ninguna excepción, existen otras dos formas de protección —la retención de expulsión y la protección bajo la Convención contra la Tortura— que no tienen plazo de un año. Se piden con el mismo formulario I-589.

Los requisitos son más exigentes que los del asilo y los beneficios son distintos. Si estás en esta situación, es exactamente el tipo de caso donde conviene hablar con un abogado de inmigración antes de presentar.

Qué hacer con esto

Anota la fecha exacta de tu última entrada a Estados Unidos y cuenta doce meses. Si todavía estás dentro, no lo dejes para último momento: reunir la información y escribir bien tu declaración lleva tiempo. Si ya pasó, revisa las excepciones antes de darte por vencido.

De dónde sale lo que dice esta guía

Esto no es asesoría legal

Explicamos la ley y el formulario en palabras claras. No somos abogados y no podemos decirte qué conviene en tu caso. Si puedes consultar con un abogado de inmigración, hazlo.

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